// Debido al COVID-19, el teletrabajo ha pasado a ser una de las formas principales de trabajo, y parece que ha venido para quedarse. Un correcto teletrabajo implica disponer de políticas y buenas prácticas que deben ser complementarias a la normativa de la compañía en aras a que el teletrabajador utilice de forma correcta, segura y eficiente los recursos informáticos y cumpliendo con las obligaciones en protección de datos. //
El teletrabajo en España es de carácter voluntario y debe quedar establecido por escrito el acuerdo entre el empresario y el teletrabajador. Su regulación la encontramos, principalmente, en el Estatuto de los Trabajadores, en los Convenios Colectivos aplicables, así como en Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Política de teletrabajo
Con el fin de poder garantizar que el teletrabajo se hace de forma correcta, segura y eficiente, además de las medidas inherentes al derecho laboral, es indispensable que se establezca una Política y buenas prácticas, complementarias a las que ya disponga la compañía. Los principales aspectos que debe regular esta Política son:
- Registro de jornada;
- Prevención de riesgos laborales;
- Derecho a la desconexión digital;
- Aplicación de las obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos personales: principalmente el RGPD y la LOPDGDD;
- Regulación del secreto profesional y confidencialidad;
- Soporte técnico y dar a conocer al teletrabajador de las herramientas que tiene a su disposición;
- Cómo actuar en caso de incidencias;
- Cómo se va a llevar a cabo el control por parte de la Compañía para verificar el correcto desarrollo del teletrabajo;
- Regulación del uso del BYOD (Bring Your Own Device);
- Formación para evitar incidentes de seguridad;
- Régimen disciplinario en caso de incumplimientos.
Disponga de una política de Teletrabajo para verificar el correcto desarrollo del Teletrabajo y seguir aplicando las medidas de seguridad inherentes a la normativa de protección de datos